La Cámara Civil de Jujuy rechazó una demanda por mala praxis contra una abogada realizada por un cliente que perdió un juicio en el que consideraba que tenía posibilidades de ganar. “La responsabilidad profesional del abogado no puede inferirse por el sólo hecho de no obtener una sentencia favorable a las pretensiones de su representada”, concluyó el Tribunal.
La sentencia agrega que por tratarse la obligación del abogado de una de medios y no de resultados, quien se considera víctima del actuar negligente, como en la especie, tiene el peso de la prueba para acreditar dicho actuar culposo, lo que en el caso sub lite, no pudo probar.
Fuente: Diario Judicial de Argentina
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