La Comunidad de Madrid abona a los abogados 144 euros por 24 horas de guardia con disponibilidad plena que no cubre los gastos de desplazamiento que deben ser abonados por los profesionales.
La aprobación por parte
de la Comunidad de Madrid de un recorte del 20 por ciento en la retribución de
los abogados de Turno de Oficio, pone en una grave situación a estos
profesionales, quienes además, perciben estas cantidades con más de seis meses
de retraso, en el mejor de los casos.
La reducción acordada se
aplica sobre unas cantidades vigentes desde el año 2003 que no han
experimentado actualización alguna por lo que la pérdida del poder adquisitivo
de los abogados del Turno de Oficio se sitúa en un 50%, no en el 20% como ha
informado la Comunidad de Madrid.
El servicio de guardia de
24 horas del Turno de Oficio de Madrid, el más complejo y completo de España en
atención a las especiales circunstancias que marca la capitalidad, se retribuye
exclusivamente con 144 euros brutos a los que es de aplicación la retención
legal del 21%. La prestación del servicio no conlleva compensación alguna por
los gastos de desplazamiento en los que incurre el letrado que viene obligado a
desplazarse a su costa a cualquier centro de detención, juzgado o tribunal de
todo el territorio de nuestra Comunidad.
La retribución de los
abogados de Madrid resulta especialmente gravosa si se compara con la que
perciben los abogados de Cataluña y País Vasco que ven remunerados los
servicios de guardia con importes que en ocasiones alcanzan la suma de 336
euros.
Los
abogados de Madrid también perciben una cantidad significativamente inferior a
los abogados catalanes y vascos, un 35%, como retribución por la defensa de los
procedimientos más habituales.
PROCEDIMIENTOS MÁS HABITUALES
|
Media Cataluña/Pais Vasco
|
MADRID
|
Diferencia
|
PROCEDIMIENTO ABREVIADO
|
360,26
|
240,40
|
-33,27%
|
JUICIOS RÁPIDOS
|
343,955
|
264,45
|
-23,12%
|
PROCEDIMIENTO DE FAMILIA
|
488,195
|
288,49
|
-40,91%
|
MONITORIO
|
218,02
|
144,24
|
-33,84%
|
PROCEDIMIENTO LABORAL
|
263,71
|
144,24
|
-45,30%
|
RECURSOS DE APELACION
|
186,865
|
120,20
|
-35,67%
|
Apelar a la voluntariedad
de la prestación del servicio público que garantiza el derecho fundamental de
acceso a la Justicia, tal y como han afirmado la Consejera de Presidencia y
Justicia, resulta una justificación impropia para un representante de los ciudadanos
que se niega a retribuir dignamente la responsabilidad que asumen los
profesionales que diariamente garantizan la defensa de los más desfavorecidos,
El Colegio de Abogados de Madrid no asumirá nunca líneas exculpatorias basadas
en el desprestigio y desconsideración con los abogados de Turno de Oficio como
estrategia para la justificación de los recortes de prestaciones necesarias que
no son sino la consecuencia de una permanente desatención presupuestaria por
parte de la Comunidad de Madrid desde el año 2003.
Fuente:
Publicación digital Lawyerpress, Vía @_lexnews_
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