lunes, 13 de agosto de 2012

LOS ABOGADOS DE MADRID REALIZAN LAS GUARDIAS DE TURNO DE OFICIO POR UN IMPORTE SIGNIFICATIVAMENTE INFERIOR A LA MEDIA DEL RESTO DE LAS COMUNIDADES



  • La Comunidad de Madrid abona a los abogados 144 euros por 24 horas de guardia con disponibilidad plena que no cubre los gastos de desplazamiento que deben ser abonados por los profesionales.
 La aprobación por parte de la Comunidad de Madrid de un recorte del 20 por ciento en la retribución de los abogados de Turno de Oficio, pone en una grave situación a estos profesionales, quienes además, perciben estas cantidades con más de seis meses de retraso, en el mejor de los casos.
La reducción acordada se aplica sobre unas cantidades vigentes desde el año 2003 que no han experimentado actualización alguna por lo que la pérdida del poder adquisitivo de los abogados del Turno de Oficio se sitúa en un 50%, no en el 20% como ha informado la Comunidad de Madrid.
El servicio de guardia de 24 horas del Turno de Oficio de Madrid, el más complejo y completo de España en atención a las especiales circunstancias que marca la capitalidad, se retribuye exclusivamente con 144 euros brutos a los que es de aplicación la retención legal del 21%. La prestación del servicio no conlleva compensación alguna por los gastos de desplazamiento en los que incurre el letrado que viene obligado a desplazarse a su costa a cualquier centro de detención, juzgado o tribunal de todo el territorio de nuestra Comunidad.
La retribución de los abogados de Madrid resulta especialmente gravosa si se compara con la que perciben los abogados de Cataluña y País Vasco que ven remunerados los servicios de guardia con importes que en ocasiones alcanzan la suma de 336 euros.
Los abogados de Madrid también perciben una cantidad significativamente inferior a los abogados catalanes y vascos, un 35%, como retribución por la defensa de los procedimientos más habituales.

PROCEDIMIENTOS MÁS HABITUALES
Media  Cataluña/Pais Vasco
MADRID
Diferencia
PROCEDIMIENTO ABREVIADO
360,26
240,40
-33,27%
JUICIOS RÁPIDOS
343,955
264,45
-23,12%
PROCEDIMIENTO DE FAMILIA
488,195
288,49
-40,91%
MONITORIO
218,02
144,24
-33,84%
PROCEDIMIENTO  LABORAL
263,71
144,24
-45,30%
RECURSOS DE APELACION
186,865
120,20
-35,67%

Apelar a la voluntariedad de la prestación del servicio público que garantiza el derecho fundamental de acceso a la Justicia, tal y como han afirmado la Consejera de Presidencia y Justicia, resulta una justificación impropia para un representante de los ciudadanos que se niega a retribuir dignamente la responsabilidad que asumen los profesionales que diariamente garantizan la defensa de los más desfavorecidos, El Colegio de Abogados de Madrid no asumirá nunca líneas exculpatorias basadas en el desprestigio y desconsideración con los abogados de Turno de Oficio como estrategia para la justificación de los recortes de prestaciones necesarias que no son sino la consecuencia de una permanente desatención presupuestaria por parte de la Comunidad de Madrid desde el año 2003.



Fuente: Publicación digital Lawyerpress, Vía @_lexnews_



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