martes, 31 de julio de 2012

GOBERNADOR FIRMA EL NUEVO CÓDIGO PENAL DE PUERTO RICO

El gobernador Luis Fortuño ha firmado el día de hoy el nuevo Código Penal (P. del S. 2021), que fue aprobado por la Legislatura durante el último día de la sesión ordinaria del cuatrienio.

Durante la firma del Código, el Gobernador contó con la presencia de un grupo de familiares de víctimas de la ola criminal.

Fortuño afirmó que esta firma es resultado de más de 3 años de trabajo de la Comisión Conjunta Permanente de la Asamblea Legislativa para la Revisión Continua del Código Penal y para la Reforma de las Leyes Penales Especiales. Dicha Comisión llevó a cabo treinta (30) audiencias públicas en las que hubo amplia participación de diversos sectores de la sociedad.

El nuevo Código Penal añade como asesinato estatuario toda muerte de algún guardia de seguridad privado; igualmente, se incluye como asesinato en primer grado toda muerte causada al disparar un arma de fuego desde un vehículo de motor, o en un lugar público o abierto al público.

El Primer Mandatario recalcó que el nuevo Código incluye, entre las modalidades de robo agravado, cuando se utiliza un arma de fuego o cuando la víctima es amarrada, amordazada o se limita su libertad de movimiento. 

Además, crea un nuevo delito que tipifica disparar un arma de fuego, poniendo en riesgo la seguridad u orden público, aún cuando no se cause la muerte de otro ser humano. En este caso la pena será de 20 años para toda persona que, poniendo en riesgo la seguridad u orden público, dispare un arma de fuego desde un vehículo de motor, ya sea terrestre o acuático; o en una discoteca, bar, centro comercial, negocio o establecimiento; o en un sitio público o abierto al público.

Por otro lado, crea un nuevo artículo que tipifica con una pena de 3 años fijos a toda persona que manipule o cause cualquier daño al sistema de supervisión electrónica (grillete) que le haya sido impuesto

De la misma manera, en cuanto a las penas establecidas para los delitos cometidos por agentes del orden público, todas fueron aumentadas a un término fijo de 3 años de reclusión, contrario a lo que actualmente estaban expuestos que era a cárcel por 6 meses hasta 3 años. También, las autoridades podrán revocar inmediatamente la licencia de conducir a una persona que cause la muerte de otra al conducir un vehículo de motor bajo los efectos de bebidas embriagantes.

Asimismo, en protección de nuestros menores, el Código propuesto crea un nuevo delito que señala la seducción de menores a través de Internet o medios electrónicos, con una pena fija de 8 años. Igualmente, se fortalece la lucha contra la corrupción estableciendo que un funcionario público que cometa un delito en el desempeño de la función pública, constituirá causa suficiente para destituirlo.

Este Código comenzará a regir el 1 de septiembre de 2012.


Fuente: Microjuris.com, Edición Puerto Rico

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